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martes, febrero 25, 2025

Reglamentan el RIGI y los bienes suministrados a VPU deberán contar con un Certificado de Origen

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El Ministerio de Economía publicó la Resolución 19/2025 para implementar el RIGI.

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A través del boletín oficial comenzó a reglamentarse el RIGI.

Mariano Fuchila

Se publicó la Resolución 19/2025 del Ministerio de Economía, que establece disposiciones para la implementación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Según argumentaron, esta resolución tiene como objetivo generar condiciones de previsibilidad, estabilidad y competitividad necesarias para atraer grandes inversiones a la República Argentina.

La resolución establece que el origen nacional de los bienes provistos a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) por parte de proveedores locales se acreditará mediante un Certificado de Origen ad hoc para el RIGI.

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El Gobierno avanza en la búsqueda de inversiones.

Depositphotos

RIGI: los bienes suministrados a VPU deberán contar con un Certificado de Origen

«El Certificado de origen será emitido por las entidades habilitadas a certificar origen. Esta será extendida por mercadería codificada según posición arancelaria SIM y proveedor, con detalle de la regla de origen contemplada en el Anexo I al Acuerdo de Complementación Económica N° 18 del MERCOSUR y sus protocolos adicionales o, cuando se trate de bienes no comprendidos en los instrumentos mencionados precedentemente, en los Acuerdos suscriptos por la REPÚBLICA ARGENTINA en el marco de la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI), cuya aplicación corresponda en función del bien en análisis», explicaron en el boletín oficial.

También se establecieron criterios para determinar el origen nacional de los bienes, como la presentación de un Certificado de Origen y la identificación de los bienes de capital (BK) y/o de informática y telecomunicaciones (BIT) resultantes del proceso de transformación de los insumos y bienes intermedios importados.

Por último se reveló un Porcentaje Mínimo de Facturación. Así se establece un porcentaje mínimo de facturación para los proveedores adheridos al RIGI, que será del 0,7% hasta cumplido el año uno del inicio de la relación contractual entre el proveedor y el VPU, y del 1,2% una vez cumplido el año uno. La resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

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